"El que lee mucho y anda mucho, ve mucho y sabe mucho". Miguel de Cervantes
23-02-1985, el Tribunal Constitucional reconoce la libertad de cátedra a TODOS los docentes, sea cual fuere el nivel de enseñanza en el que actúan –no se circunscribe por tanto exclusivamente al ámbito universitario.Tribunal Constitucional, Auto número 423/2004 se afirma: "[…] este derecho fundamental -como libertad individual del docente- es una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza […]" "[…] el contenido de la libertad de cátedra lo podríamos considerar como el derecho de CUALQUIER profesor, de CUALQUIER nivel educativo a que, por razón de su puesto docente, pueda desempeñar su trabajo de acuerdo con sus conocimientos y sin estar sometido a ningún mandato de AUTORIDAD PÚBLICA o privada[…]"

I. DEFINICIÓN DE TEXTO

   El texto es la unidad comunicativa mayor con significado. Es de variable extensión (una interjección, una frase, una oración, un enunciado, un conjunto de enunciados; desde un saludo a una obra como El Quijote). Presenta cuatro propiedades principales de  configuración; a saber: adecuación, coherencia, cohesión y corrección. De faltar alguna, esta construcción ya no sería un texto, sino lo que se viene llamando no texto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.